Santo Domingo.- Con el voto disidente de tres jueces, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad sometidos por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Foro Social Alternativo (FSA) contra el préstamo por 130 millones de pesos contraído por el Estado dominicano y la empresa Sun Land Corporation. En la sentencia la Suprema alega falta de calidad jurídica, debido a que quienes debieron quejarse por el contrato es el Congreso de la República a través de los presidentes de ambas cámaras.
Mientras que el voto disidente fue de los magistrados Ana Rosa Bergés, Egly Margarita Esmurdoc y Julio Aníbal Suárez, con el alegato de que no se le puede negar a la población el acceso a la justicia.
En tanto que otro bloque de magistrados de la Suprema que emitieron el “voto salvado”, integrado por Rafael Luciano Pichardo, Hugo Álvarez Valencia, Darío Espinal y Margarita Espinal, entendieron que el contrato debió declararse inadmisible porque el contrato de préstamo fue disuelto y no se ejecutó en su totalidad.
El préstamo fue firmado por el gobierno el 15 de mayo del 2006 con la empresa Sun Land para la construcción de obras del Estado, y los recursos de inconstitucionalidad fueron presentados porque el contrato no fue sometido al Congreso Nacional.
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