martes, abril 28, 2009

Asambleistas aprueban artículo sobre el derecho de propiedad; envían a comisión los referente a la familia


Santo Domingo.- La Asamblea Revisora aprobó anoche que en la nueva Constitución de la República quede establecido que nadie podrá ser despojado de su propiedad por razones política salvo que haya una sentencia de un tribunal.
Al inicio de la jornada los congresistas rindieron un minuto de silencio en memoria a las 12 víctimas del accidente ocurrido ayer en Baní.

La Asamblea, a solicitud del asambleista Luís José González Sánchez, envió a una comisión especial los artículos 44, 45 y 46, referentes a la familia, el matrimonio y los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
En el artículo 44 se establece que la familia es el fundamento de la sociedad y el matrimonio y que solo debe ser entre un hombre y una mujer.
La Asamblea acogió la propuesta del asambleísta reformista Luis Jose González Sánchez, de que el articulo 44, que refiere que la familia es el fudamento de la sociedad solo se reconoce que el matrimonio en el país debe ser entre un hombre y una mujer, es un tema muy conflictivo, razón por la cual debía ser estudiado en una comisión.
A esto se agregó la sugerencia del presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez, para que se agreguen los temas 45 y 46, porque también se refieren a la familia.
Pared Pérez, al respaldar la moción de González Sánchez, explicó que lo más recomendable era enviarlos a una comisión, debido a que son artículos muy importantes y debe quedar bien depurado y unificado todo lo referente a la familia.
La Asamblea aprobó cinco nuevos artículos: 42 43, 47, 48 y 49, cuatro de ellos a sugerencia del Poder Ejecutivo, con modificaciones.
Con 185 votos a favor fue aprobado el artículo 42, con varias modificaciones. En la nueva constitución este será el artículo 23.

En dicho artículo: "Se reconoce y garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes. En consecuencia:

a) Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino por causa justificada de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor, determinado por acuerdo entre las partes o sentencia de tribunal competente. En casos de calamidad pública o situación grave, la indemnización podrá no ser previa.

Las modificaciones de los artículo mencionados fueron propuestas por los asambleistas Charlie Mariotti, Rafael Calderón, Máximo Castro, Pelegrin Castillo, entre otros.

Otro articulo de debate fue el 48 enviado por el Poder Ejecutivo, el cual fue modificado casi en su totalidad y en cambio se acogió la propuesta de Minou Tavárez Mirabal.
Mientras que el artículo 47, que será el 28 de la nueva Constitución ahora dirá: “El Estado promoverá, protegerá y asegurará el goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad, así como el ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades.
El Estado adoptará las medidas positivas necesarias para propiciar su plena integración familiar, comunitaria, social, laboral, económica, cultural y política”.

En el cierre de los debates se aprobó el 48 que dirá: Toda persona tiene derecho a una vivienda digna con servicios básicos esenciales.
El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo ese derecho y promoverá planes de asentamiento humano y de interés social.


No hay comentarios:

Publicar un comentario