viernes, octubre 23, 2009

Asamblea Revisora concluye los trabajos con la aprobación en segunda lectura de la reforma constitucional


Santo Domingo.- La Asamblea Nacional Revisora de la Constitución culminó este jueves la segunda lectura del proyecto de Reforma Constitucional enviado por el Poder Ejecutivo, el cual implicó seis meses de arduao trabajo de los asambleístas.

En su último día de trabajo, la Asamblea Revisora dispuso que los fallos de la Suprema Corte de Justicia, en lo irrevocablemente juzgado no podrán ser conocidos por el creado Tribunal Constitucional, lo que evitaría enfrentamientos entre ambos organismos. Habrá una revisión de forma en el texto.

Entre las disposiciones transitorias aprobadas en la última sesisón se destaca que el Consejo Nacional de la Magistratura evaluará los jueces de la Suprema Corte de Justicia que están en edad de retiro.

Los trabajos de la Asamblea se iniciaron el martes 14 de abril del presente año, lo que constituye el mayor tiempo de duración para el conocimiento de una reforma constitucional en la historia del país.

El presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez, aclaró que los trabajos no pueden ser clausurados hasta que la nueva Constitución sea proclamada.

Dijo que particularmente no desearía que sea proclamada el 6 de noviembre próximo, porque coincide con la Carta Magna promovida por el dictador Pedro Santana, iniciada en esa fecha, pero en el 1844.

El día de la proclamación se realizará un acto solemne en el salón de la Asamblea Nacional, donde se leerá el texto completo de la Constitución y se disparará una salva de 21 cañonazos al inicio y al final de la ceremonia. Ese día es cuando quedarán cerrados por completo los trabajos.

Mientras tanto, el proyecto aprobado irá a la Comisión de Verificación y Auditoría para que lo revise y de ser necesario lo reenumere.

A esto se le agregará la comisión de estilo para que junto a la Secretaría de la Asamblea realicen una referencia cruzada de lo aprobado y determinar si se cometió un error u omisión.

Esa revisión es obligatoria antes de la proclamación, de acuerdo a los reglamentos, para lo cual se producirá una reunión que podría ser la próxima semana, informó Pared Pérez.

Precisó que esta Constitución no tiene precedente, por el trabajo que ha desarrollado el Congreso Nacional, razón por la cual debe tener su propia fecha de proclamación.

Sostuvo que son inumerables los logros no obstante que “sectores mínimos de la población” la han denotado. “Aquí el avances en los derechos de la ciudadanía es una diferencia del cielo a la tierra”, explicó.

Pared Pérez señaló que los mecanismos de participación en cuanto a iniciativas populares, como referéndum aprobatorio, plebiscito, contituyen otros pasos de avances.

Agregó además la inserción de figuras como el Defensor del Pueblo, el Recurso de Amparo y el Tribunal Constitucional.

Disposiciones GeneralesEn cuanta a las disposiciones relativas a la Junta Central Electoral y al Tribunal Superior Electoral establecidas en esta Constitución entrarán en vigencia a partir de la nueva integración que se produzca en el período que inicia el 16 de agosto de 2010.

Excepcionalmente, los integrantes de estos órganos electorales ejercerán su mandato hasta el 16 de agosto del 2016.

El procedimiento de designación para los integrantes de la Cámara de Cuentas regirá a partir del 16 de agosto del 2010. Excepcionalmente, permanecerán en sus cargos hasta el 2016.

APRUEBA DISPOSICIONES GENERALES EN LA SESIÓN
En la última sesión fueron aprobados temas referentes al principio del régimen tributario, así como lo relativo a la Contraloría General de la República, de las Reformas Constitucionales y Normas Generales, transitorias; las Disposiciones Generales y sus articulados.

También el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia, la elección de los jueces de la Cámara de Cuentas.Además, el Consejo Superior del Ministerio Público, el Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario que pasará a ser el Tribunal Superior Administrativo.También los integrantes de la Junta Central Electoral permanecerán en sus funciones hasta la conformación de los nuevos órganos creados por la presente Constitución y la designación de sus incumbentes.

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