La garantía económica fue de 10 millones de pesos, con un impedimento de
salida del país. El nuevo juicio será conocido en la Primera Sala de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
La sentencia definitiva, la 168-2008, fue dictada el 11 de septiembre del
2008 por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Distrito Nacional.
Ambos fueron sentenciados a ocho años de prisión y al pago de una
indemnización por 2.5 millones de pesos por la quiebra del Banco Nacional de
Crédito (Bancrédito).
La orden de prisión fue dictada el 28 de noviembre de 2008 por el juez de la
eje- cución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Isabel Díaz. Ingresaron ese
día a la cárcel de Najayo a las 1:45 de la tarde.
Los condenados deberían salir de prisión el 27 de noviembre de 2016. El
recurso de revisión fue firmado por los jueces Miriam Concepción Germán,
Alejandro Moscoso Segarra, Frank Soto e Hirohíto Reyes. La magistrada Esther
Agelán Casasnovas se inhibió del proceso.
Habla la defensa
El abogado de la defensa, Fernando Langa, dijo que cuando la Corte de Apelación conoció el caso se excluyó un documento importante para los imputados.
El abogado de la defensa, Fernando Langa, dijo que cuando la Corte de Apelación conoció el caso se excluyó un documento importante para los imputados.
Esta pieza, agregó el jurista, es necesario que sea citada para su
conocimiento, porque constituye un elemento que destruye la acusación.
“La suprema dijo que había que citar ese documento para el aspecto de que
éste destruye la acusación”, agregó.
También dijo que el ministerio público ratificó que no hay una persecución
penal al respecto. Es decir, agregó “que no tenemos una víctima. No hay un acto
civil, un querellante; lo que corresponde al ministerio público es la
representación de la sociedad y este ha ratificado su no interés en la
persecución penal; no hay elementos probatorios”.
Sin embargo, Langa declaró que lo lamentable sobre este caso es que el asunto
ha sido conocido cuatro años después del caso.

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