Los dominicanos podrán traer artículos y regalos por un monto de hasta
US$3,000 libres del pago de impuestos, siempre que no hayan entrado al país en
los últimos seis meses.
La gracia navideña fue instituida mediante la ley 9-96,
del 9 de septiembre del año 1996, como un reconocimiento y forma de valorar los
aportes económicos que realiza la comunidad dominicana en el exterior.
Aduanas dispuso, además, que debido a los límites que imponen las líneas
aéreas durante esta temporada, con relación a los equipajes, éstos pueden ser
transportados a través de las empresas de correo expreso (courrier) o de
consolidación de carga, siempre que se haga dentro del período de aplicación de
la gracia navideña.
La DGA establece que en esos casos los regalos tienen que ser retirados
directamente por el ciudadano que visite el país en ocasión de las festividades,
para lo cual deberá presentar su pasaporte y cumplir con los requisitos
establecidos en la Ley.
El decreto sobre la gracia navideña lleva 16 años de
aplicación y en este período muchos dominicanos compran regalos, incluyendo
electrodomésticos, cuyo valor supera el monto máximo libre de impuestos que
puede entrar al país.

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