miércoles, junio 17, 2009

Asamblea envía a comisión artículo sobre las atribuciones del Presidente de la República y los del Poder Judicial


Santo Domingo.- La Asamblea Revisora de la Constitución envió a una comisión especial el artículo 108 de la propuesta del Poder Ejecutivo, que trata sobre las atribuciones del Presidente de la República.


La comisión la encabeza el asambleísta del PRSC Luís José González Sánchez y la integra los asambleistas Félix María Vásquez Espinal, Agne Berenice Contreras, Sergio Antonio Cedeño, Nelson de Jesús Arroyo, entre otros.

El artículo 108 de la propuesta y 55 de la actual Constitución establece: El Presidente dirige la política externa, la administración civil y militar, y es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas y las fuerza policiales.


De igual modo, la Asamblea dispuso anoche que una comisión especial compuesta por representantes de todos los partidos se encargue del estudio y consenso de los artículos relacionados con el Poder Judicial sometidos en la propuesta enviada por el Ejecutivo.


De ser aprobada tal como está la propuesta del Poder Ejecutivo la Suprema Corte de Justicia sería aumentada de once a dieciseis miembros, pero se le quitaría la facultad para conocer las instancias contra los jueces del Tribunal Contencioso Tributario y de la constitucionalidad de las leyes.


Los Asambleístas enviaron a comisión 32 artículos del proyecto de reforma, todos referentes a la conformación, atribución y funcionamiento del Poder Judicial.


Este tema, contenido en los objetos 44, 45, 46, 47, 48 y 49, se considera polémico debido a la oposición del presidente de la Suprema Cortede Justicia, Jorge Subero Isa, a la creación de una sala constitucional.


El artículo 136, que revisará la comisión, establece la creación de una sala constitucional integrada por siete jueces escogidos por el Consejo Nacional de la Magistratura, con iguales perrogativas que los integrantes de la Suprema Corte de Justicia.

Éstos durarán en sus funciones siete años, pudiendo ser elegidos por un solo período adicional previa evaluación de su desempeño.

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