jueves, junio 10, 2010

En 30 días el Congreso Nacional debe designar Consejo del Poder Jucial y el Ministerio Público



Santo Domingo.- El Congreso Nacional tiene sólo un mes para la designación del Consejo del Poder Judicial y el del Ministerio Público, que tendrán a su cargo la definición de la organización de la justicia en el país.


La información la ofreció el diputado del Partido Reformista Social Cristiano por la provincia La Romana, Frank Martínez, quien dijo que artículo transitorio aprobado en la Constitución proclamada el pasado 26 de enero, establece que esos órganos deberán entrar en vigencia seis meses después, para lo cual se deberá aprobar una ley adjetiva.

El legislador advirtió que el Congreso Nacional estaría violentando la ley si no cumple con esas disposiciones.

Dijo que a pesar de que “tienen el tiempo encima” los legisladores aún están ajenos a este proceso y ponen su interés en asuntos propios de sus respectivos partidos políticos.

El diputado considera que el Congreso Nacional debe buscar un mecanismo rápido que permita poner en funcionamiento estas dos instancias contempladas en la Constitución.

En su artículo 155, la Constitución establece que el Consejo del Poder Judicial es un órgano disciplinario y de organización de lo que es la justicia y, en virtud de eso, le otorga un plazo en la disposición transitoria para que se proceda a su conformación dentro de los seis meses de su entrada en vigencia.

“El período de transición, unido a la dejadez y conflictos políticos, provocaría que el propio Congreso no esté en condiciones de respetar los postulados de la Constitución”, precisó Martínez.

El legislador entiende que las principales organizaciones políticas del país deben escoger comisiones para agilizar estos temas, al insistir en que la agenda legislativa luce huérfana de cara a estos asuntos.

La Constitución también establece en su capítulo 11, relativo a las disposiciones transitorias, que el Consejo Superior del Ministerio Público, deberá crearse dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigor de la Carta Magna. La actual Constitución entró en vigor el 26 de enero pasado, con su promulgación por parte del presidente Leonel Fernández.

Asimismo, Frank Martínez, quien fuera senador y aspiró a esa posición en los pasados comicios por su provincia La Romana, dijo que en una situación parecida se encuentra la figura del Defensor del Pueblo, que está contemplada en el artículo 190 de la llamada Ley de Leyes.

Dice que el Congreso debe conocer esa figura antes del 30 de agosto, con el propósito de que sea incluida en el Presupuesto Nacional del 2011, cuyo sometimiento tiene que ser a más tardar el primero de octubre próximo, según el artículo 233, por lo que se correría el riesgo de que se conozca la terna y que no haya el tiempo suficiente para que esté presupuestado para el 2011, lo que crearía inconvenientes en cuanto al mandato de la Constitución.



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